Roles que desempeña un Auditor interno, Auditor externo y Revisor fiscal.
El Auditor interno, externo y Revisor fiscal.
Por otro lado, la Auditoría revisoría fiscal son las encargadas de la revisión de los estados financieros, de verificar la vigencia del procesos administrativo y del cumplimiento del ordenamiento jurídico y de las políticas de dirección y procedimientos específicos que relacionados entre sí, forman la base para obtener suficiente evidencia acerca del objeto de la revisión, el propósito es poder expresar una opinión profesional sobre la compañía, esta labor la realizan desde las normatividad y estándares de contabilidad ya establecidos, teniendo en cuenta la responsabilidad integra desde el ámbito que se establezca.
El contador público cuenta con unos estándares de calidad, ética y objetividad que debe tener siempre presente teniendo en cuenta que el desempeño de su actividad es mas de honestidad, responsabilidad e integridad con su misma persona. Teniendo en cuenta lo anterior la auditoria externa, auditoria interna y revisoría fiscal nos encontramos con diferencias en su labor a desempeñar para resaltar como responsabilidad pena, administrativa, civil y contravencional, normatividad o regulación aplicable a su actividad profesional y alcance de su trabajo.
El cargo de revisoría fiscal es obligatorio y opera por mandato de la ley para los entes económicos que reúnan los requisitos señalados en la norma respectiva; por su parte, la auditoría externa tiene un carácter sencillamente voluntario por parte de la junta directiva, junta de socios o asamblea general de accionistas.
Según el código de comercio en el artículo 2 el alcance “en el control ejercido por la revisoría fiscal al ente económico es integral a todas las áreas y operaciones de la empresa”, mientras que el alcance del examen del auditor se limita a los términos del contrato de servicios profesionales celebrado con el usuario del servicio.
Intereses de la Revisoria Fiscal
Los intereses de la auditoría externa opera en interés de los administradores de la entidad y está dirigida a la empresa o terceras personas, mientras que la revisoría fiscal salvaguarda los intereses de los asociados y/o de las partes que conforman el ente económico y con ello el interés del mismo gobierno dirigido a la empresa, terceras personas, el Estado y la sociedad. La auditoría externa está subordinada a la administración de la organización a quien le rinde cuentas por el resultado de su gestión, pero la revisoría fiscal ejerce control absoluto de la entidad solamente se encuentra sujeta al máximo órgano del ente, la asamblea general o junta de socios. La cobertura del trabajo desarrollado en la auditoría externa se encuentra delimitada en el tiempo y evalúa una situación concreta de acuerdo a lo pactado en el respectivo contrato o convenio, la revisoría fiscal tiene una cobertura permanente y amplia de acuerdo a lo prescrito en la ley.
El revisor fiscal debe determinar en el informe si los estados financieros son preparados sobre principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia y si han cumplido con las normas legales; además debe evaluar el grado de eficiencia y eficacia en el logro de los objetivos previstos por la empresa, el buen manejo de los recursos y la evaluación del sistema de control interno para dar una opinión sobre su manejo.
Por su parte, el auditor externo en el informe otorga fe pública a la confiabilidad de los estados financieros y la credibilidad de la gerencia que los preparó. La responsabilidad con la emisión de los conceptos contenidos en los informes de la auditoría se expone a una responsabilidad civil; por otro lado, la revisoría fiscal tiene una responsabilidad mucho más amplia y se encuentra sujeta a consecuencias de tipo civil, penal y legal de acuerdo a la información contenida en los dictámenes establecidos por los entes de control asignados por el estado para un control y supervisión de la profesión contable.
En las funciones del auditor interno es supervisión y control sobre el sistema de control interno implementado por la compañía y el auditor externo debe entregar una opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros, mientras que las funciones del revisor fiscal son mucho más amplias ya que debe dictaminar la razonabilidad de los estados financieros y autorizarlos con su firma; adicionalmente las mencionadas en el artículo 207 del Código de Comercio.
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